Parto

En esta sección encontrarás algunos recursos que te permiten elegir sobre el momento del trabajo de parto, parto, nacimiento de tu bebé y alumbramiento de tu placenta.

 

Plan de parto

El Plan de Parto es un documento definido en el artículo 11 de la ley 2244 del 2022 como un “documento realizado por la mujer, con destino a los agentes de salud encargados de la atención del trabajo de parto, parto y posparto, en el que se establece un diálogo de necesidades, preferencias y expectativas de la mujer con respecto a la atención”. Este documento es un recurso importante para transmitir y dejar por escrito ante tu EPS, ante la institución de salud y ante profesionales que te atenderán, tu voluntad basada en tus derechos durante la atención al parto y el nacimiento de tu hije/a/o.

Es importante entregarlo durante el tercer trimestre de gestación en el servicio de atención al usuario de la clínica u hospital en el que te atenderán. Además, llevar una copia y entregarla durante el momento del ingreso al hospital o clínica el día del parto.


Derecho de petición para solicitar la revisión inicial de Plan de Parto, acompañamiento en el parto y entrega de placenta.

Con este recurso podrás solicitar, tanto a tu EPS como a la clínica u hospital, que sea garantizado tu derecho a revisar tu plan de parto, a tener un acompañante durante todas las fases del parto, nacimiento y postparto, y a solicitar tu placenta. Te sugerimos que anexes a tu plan de parto esta solicitud y la presesentes desde la semana 28 de gestación para que el tiempo no sea una razón para actuar de una manera diferente.

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¡Recuerda!

La posibilidad de estar acompañada/e/o durante tu parto (vaginal o cesárea) es tu derecho. A nivel nacional este derecho está consignado en la ley 2244 del 2022 y en instrumentos internacionales de Derechos Humanos como el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer CEDAW. Y está incluido dentro de las recomendaciones de la OMS en el documento "Recomendaciones de la OMS para los cuidados durante el parto, para una experiencia de parto positiva"

Que hacer en caso de negación de mi solicitud

Con la herramienta del derecho de petición, la Ley te otorga el derecho a tener una respuesta por parte de la Entidad en un término de 15 días hábiles después de su radicación.

Si pasados 15 días hábiles no has recibido respuesta, recibes una respuesta negativa, o la respuesta no resuelve de fondo tus solicitudes, te recomendamos presentar ante la entidad, con copia a tu EPS (pre-pagada, póliza o plan complementario) y a la Superintendencia Nacional de Salud, un derecho de petición de revisión.

Dicha solicitud de revisión podrías incluso presentarla directamente ante la Superintendencia, a través de este link

Si luego de hacer este requerimiento sigues sin recibir respuesta o niegan tus derechos, puedes interponer acción de tutela, para lo cual se recomienda buscar asesoría jurídica, aunque no requieres de un abogado para presentarla.

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Consentimiento informado


Solicitud de placenta

La ley 2244 del 2022 en numeral 26 del artículo 4° enuncia tu derecho a solicitar la placenta y puedes disponer de ella de acuerdo a tus convicciones y creencias. Ten en cuenta que algunas instituciones exigen unos elementos para el transporte adecuado de la placenta, infórmate de los protocolos de la institución para que no tengas contratiempos.

El documento derecho de petición de revisión de plan de parto, solicitud de acompañamiento en el parto y entrega de placenta, en su punto cuarto enuncia el deseo de solicitar tu placenta, puedes eliminarlo si no estas interesada en reclamarla o dejarlo si lo deseas.

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