
Parto
En esta sección encontrarás algunos recursos que te permiten elegir sobre el momento del trabajo de parto, parto, nacimiento de tu bebé y alumbramiento de tu placenta.
Plan de parto
El Plan de Parto es un documento definido en el artículo 11 de la ley 2244 del 2022 como un “documento realizado por la mujer, con destino a los agentes de salud encargados de la atención del trabajo de parto, parto y posparto, en el que se establece un diálogo de necesidades, preferencias y expectativas de la mujer con respecto a la atención”. Este documento es un recurso importante para transmitir y dejar por escrito ante tu EPS, ante la institución de salud y ante profesionales que te atenderán, tu voluntad basada en tus derechos durante la atención al parto y el nacimiento de tu hije/a/o.
Es importante entregarlo durante el tercer trimestre de gestación en el servicio de atención al usuario de la clínica u hospital en el que te atenderán. Además, llevar una copia y entregarla durante el momento del ingreso al hospital o clínica el día del parto.
¿Para qué un plan de parto?
Es un documento que te permite manifestar por escrito y de forma anticipada al parto, tus preferencias y deseos, así como la posibilidad de otorgar o no, tu consentimiento para determinados procedimientos durante el proceso del parto.
Te permitirá asumir un rol activo, de soberanía y autonomía sobre las decisiones de tu proceso de gestación, parto y posparto.
Y en este Plan de Parto, ¿Sobre qué elementos estás dando tu consentimiento?
Acompañamiento
El acompañamiento y el apoyo emocional durante el parto por parte de una persona de tu preferencia es una recomendación de la OMS.
Espacio físico
Tienes derecho a que tu intimidad sea protegida en todo momento durante la atención de tu parto y el nacimiento de tu bebé. Además, tienes derecho a adecuar el espacio con elementos de tu preferencia que sientas y sepas que beneficiarán tu momento.
Manejo del dolor
Tienes derecho a elegir los métodos y las formas en las que deseas controlar el dolor durante el parto. Esto incluye opciones farmacológicas administradas oportunamente en cualquier momento que las solicites o método no farmacológicos y alternativos.
El límite de centímetros de dilatación que impide ponerte anestesia epidural es un mito. La anestesia epidural puede ser administrada en cualquier momento de la dilatación.
Intimidad
Tu derecho a la intimidad incluye que haya el mínimo personal posible junto a ti y tu acompañante. Y que de ser necesario un mayor número de profesionales por razones médicas o por razones de práctica/formación profesional, deberán solicitar tu permiso para estar presentes o para intervenir.
Alimentación
Recuerda que tienes derecho a tomar alimentos y bebidas durante tu parto. Esta es otra de las recomendaciones de la OMS. La institución y personal de salud tiene la responsabilidad de garantizar las condiciones para que puedas comer y beber durante todo el trabajo de parto y parto si tú así lo deseas.
Tactos
Según las recomendaciones de la OMS podrán realizarte tactos, contando con tu consentimiento, una vez cada cuatro horas. Este procedimiento deberá realizarse cuando sea estrictamente necesario. Podrás solicitar, que en la medida de lo posible, estos tactos sean realizados por la misma persona.
De acuerdo con la evidencia científica, existen otros indicadores y signos que permiten saber cómo avanza el parto.
En caso de que un/una profesional requiera realizarte un tacto vaginal por razones de formación, deberán consultarte previamente y tú podrás permitirlo o no.
Intervenciones
Procedimientos como el monitoreo permanente o la administración de algún medicamento o maniobra para acelerar el trabajo de parto, deberán ser informados y deberás poder saber sus riesgos y beneficios, deberá estar justificado clínicamente a partir de la evidencia científica y tú podrás aceptarlo o rechazarlo.
¿Y si recibo una respuesta negativa a mi plan de parto?
En caso de recibir una respuesta negativa o insatisfactoria sobre tus derechos, deseos y preferencias durante la atención al parto por parte de la institución de salud o por parte de tu EPS, con este documento podrás apelar dicha respuesta ante la clínica u hospital. También, te recomendamos reportarlo a la Superintendencia de Salud.
Consulta aquí
¡Recuerda!
Si la respuesta es una negación directa a alguno de los pedidos, recuerda que en Colombia de acuerdo con la Corte Constitucional (desde 1994 hasta el 2018) se ha subrayado la integridad en las decisiones de los/as pacientes ya que a los pacientes les asiste el derecho de decidir sobre si se someten o no a tratamientos, que se les presentan como alternativas no viables por razones de inconveniencia; teniendo en cuenta para cada persona la valoración de sus eventuales riesgos o resultados.
Derecho de petición para solicitar la revisión inicial de Plan de Parto, acompañamiento en el parto y entrega de placenta.
Con este recurso podrás solicitar, tanto a tu EPS como a la clínica u hospital, que sea garantizado tu derecho a revisar tu plan de parto, a tener un acompañante durante todas las fases del parto, nacimiento y postparto, y a solicitar tu placenta. Te sugerimos que anexes a tu plan de parto esta solicitud y la presesentes desde la semana 28 de gestación para que el tiempo no sea una razón para actuar de una manera diferente.
¡Recuerda!
La posibilidad de estar acompañada/e/o durante tu parto (vaginal o cesárea) es tu derecho. A nivel nacional este derecho está consignado en la ley 2244 del 2022 y en instrumentos internacionales de Derechos Humanos como el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer CEDAW. Y está incluido dentro de las recomendaciones de la OMS en el documento "Recomendaciones de la OMS para los cuidados durante el parto, para una experiencia de parto positiva"
Que hacer en caso de negación de mi solicitud
Con la herramienta del derecho de petición, la Ley te otorga el derecho a tener una respuesta por parte de la Entidad en un término de 15 días hábiles después de su radicación.
Si pasados 15 días hábiles no has recibido respuesta, recibes una respuesta negativa, o la respuesta no resuelve de fondo tus solicitudes, te recomendamos presentar ante la entidad, con copia a tu EPS (pre-pagada, póliza o plan complementario) y a la Superintendencia Nacional de Salud, un derecho de petición de revisión.
Dicha solicitud de revisión podrías incluso presentarla directamente ante la Superintendencia, a través de este link
Si luego de hacer este requerimiento sigues sin recibir respuesta o niegan tus derechos, puedes interponer acción de tutela, para lo cual se recomienda buscar asesoría jurídica, aunque no requieres de un abogado para presentarla.
Si la negación es por razones de la emergencia sanitaria por el COVID 19
Apesar que, Colombia ya no se encuentra en emergencia sanitaria por dicho virus, por la experiencia del MNSSR, algunas políticas institucionales siguen siendo restrictivas bajo el argumento de evitar aglomeraciones y por consiguiente contagios del virus. En todo caso, es necesario indicar que el contexto de medidas especiales intrahospitalarias en razón del COVID 19 u otro tipo de virus, no suspenden los lineamientos establecidos en la Ruta Integral de Atención en Salud Materno- Perinatal dentro de la Resolución 3280 de 2018 y mucho menos lo establecido en la Ley 2244 de 2022 que entró en vigencia poco tiempo después de la terminación de la emergencia; por lo tanto, deben garantizarse entre otros, el derecho que tienes como persona gestante de estar acompañada para tener apoyo emocional, que como lo afirma la Resolución 3259, cuando señala que dicho acompañamiento permite el apoyo emocional a todas las mujeres o personas gestantes, no sólo por alguien cercano sino por personal entrenado para tal fin, el cual se deberá dar de forma continua, para brindar bienestar y estimulo positivo .
Consentimiento informado
¿Qué es?
Podemos entender el consentimiento informado, en el contexto del parto y nacimiento, como la aceptación libre y autónoma de una persona de recibir un tratamiento, procedimiento o intervención médica después de haber sido informada de forma exhaustiva, actualizada y suficiente sobre su situación clínica.
¿Cuándo es válido?
Cuando se ha dado en libertad de decisión, voluntariedad, competencia para decidir e información suficiente y actualizada sobre los beneficios y riesgos. Lo cual puede implicar cambiar de parecer sobre los deseos iniciados siempre que se informe completamente sobre las circunstancias médicas que se viven. Por ello, tienes derecho a rechazar, no consentir o retirar el consentimiento, aunque ya lo hayas otorgado y esto jamás puede llevarte a vivir represalias o actos de hostilidad por parte del personal en salud.
Siempre puedes rechazar un procedimiento, intervención o acto médico sobre tu cuerpo o de tu bebé de forma verbal o escrita y estarás protegida por leyes y derechos en salud.
¿Qué rol tienen las personas que te acompañan en las decisiones?
Los/las profesionales que pongan en marcha tu derecho al consentimiento informado deberán hacerlo demostrando su profesionalidad cuando acompañen tus decisiones y elecciones, aunque estas no concuerden con sus aspiraciones. Como parte de tu derecho, el personal médico deberá comunicar toda la información en un lenguaje sencillo y comprensible para ti.
El consentimiento informado y su adecuada aplicación es responsabilidad de los/las profesionales y personal de salud que te brinda la atención.
Solicitud de placenta
La ley 2244 del 2022 en numeral 26 del artículo 4° enuncia tu derecho a solicitar la placenta y puedes disponer de ella de acuerdo a tus convicciones y creencias. Ten en cuenta que algunas instituciones exigen unos elementos para el transporte adecuado de la placenta, infórmate de los protocolos de la institución para que no tengas contratiempos.
El documento derecho de petición de revisión de plan de parto, solicitud de acompañamiento en el parto y entrega de placenta, en su punto cuarto enuncia el deseo de solicitar tu placenta, puedes eliminarlo si no estas interesada en reclamarla o dejarlo si lo deseas.
¿Por qué y para qué solicitar mi placenta?
La medicina placentaria es una práctica de origen ancestral empleada en la partería que busca honrar y ritualizar este órgano vital que sostiene la vida del bebé en útero. Con ella se emplean distintas técnicas, prácticas y rituales con los que se busca honrar su función durante la gestación y proveer beneficios para la mujer o persona gestante durante el posparto.